No a la Ley de la patada en la boca

30 de Noviembre de 2013 – 08:28:12 – Luis del Pino – http://www.libertaddigital.com/bitacora/enigmas11m/images-1

El Consejo de Ministros aprobó ayer el Anteproyecto de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, que constituye un ataque en toda regla a las libertades democráticas. Esa Ley, que algunos ingenuos votantes del PP aplaudieron cuando fue anunciada por primera vez, debido a las medidas restrictivas del derecho de manifestación, es en realidad una carta blanca al poder político para restringir a voluntad la libertad de expresión y para eliminar garantías jurídicas de los ciudadanos.

El gobierno de Rajoy vuelve a recurrir a las trampas más burdas para conseguir que su base social apoye una Ley que persigue justo lo contrario de lo que se dice. Porque lo cierto es que las restricciones al derecho de manifestación ya estaban contempladas en la Ley anterior. Con la Ley de Seguridad Ciudadana de 1992, vigente hoy en día, ya se podía multar la convocatoria de manifestaciones ilegales, por ejemplo ante las puertas del Congreso. Y, de hecho, la nueva Ley aprobada ayer por el consejo de ministros mantiene las multas ya existentes por manifestación ilegal o, en algunos casos, las reduce.

El verdadero objetivo de la Ley aprobada ayer por el gobierno de Rajoy es dar capacidad a la autoridad gubernativa para sancionar la expresión de opiniones, aunque esas opiniones no sean delito. Es una ley, por tanto, de censura política.

Así, por ejemplo, con la nueva Ley de Seguridad, si yo digo «El gobierno catalán expolia a los españoles» me pueden imponer una multa de 30.000 €, porque mi frase podría ser considerada como una ofensa al gobierno catalán y las ofensas a instituciones de las comunidades autónomas tienen la consideración de falta grave.

O si un compañero mío periodista dice que el pueblo Villaconejos de Salsagorda le parece un pueblo cochambroso y desagradable, le pueden imponer otra multa de 30.000 €, porque su frase podría ser considerada como una ofensa a una Entidad Local y las ofensas a Entidades Locales tiene también la consideración de falta grave.

O si una víctima del terrorismo dice que en el Congreso se sientan amigos de los asesinos, se le podría imponer otra multa de 30.000 €, porque su frase podría ser considerada como una ofensa a una institución del estado y las ofensas a instituciones del estado tienen también la consideración de falta grave.

O si un obispo dice que el matrimonio homosexual le parece inaceptable, le pueden imponer otra multa de 30.000 €, porque su frase podría ser considerada como un ensalzamiento de la discriminación y el ensalzar la discriminación tiene también la consideración de falta grave.

O, por poner un ejemplo real reciente, si alguien publica un libro denominado «Cásate y se sumisa», le pueden imponer otra multa 30.000 €, porque podría considerarse también un ensalzamiento de la discriminación.

O si alguien que investiga el atentado del 11-M afirma que tal o cual policía mintió, o que en el 11-M se destruyeron pruebas, le pueden imponer otra multa de 30.000 €, porque su frase podría ser considerada como una injuria a los agentes de la autoridad, y la injuria a los agentes de la autoridad tiene también la consideración de falta grave, aunque no sea constitutiva de delito de injurias.

O si alguien escribe en una red social que «habría que salir a la calle a protestar contra este régimen de políticos ladrones», le pueden imponer otra multa de 30.000 €, porque su frase podría ser considerada como una incitación a comportamientos de alteración de la seguridad ciudadana, y la incitación a comportamientos de alteración de la seguridad ciudadana tiene también la consideración de falta grave.

O si alguien usa una bandera con el águila de San Juan, le pueden imponer otra multa 30.000 €, porque la autoridad gubernativa puede considerar que el uso de esa bandera incita al odio y la utilización de símbolos que inciten al odio tiene también la consideración de falta grave.

Y todo eso, sin intervención judicial alguna, porque son infracciones administrativas, castigadas directamente por la autoridad gubernativa.

En resumen: que con esta Ley lo que se hace es introducir, con la excusa de proteger la seguridad ciudadana, un mecanismo para que el Gobierno utilice como le dé la gana el mecanismo de las multas administrativas, con el fin de castigar aquellas opiniones que al poder político le parezcan inadecuadas, incorrectas, inaceptables o peligrosas, aunque esas opiniones no sean constitutivas de delito,

Se trata, por tanto, de una autentica Ley Mordaza que vulnera gravemente el derecho a la libertad de expresión y legitima aberraciones como la que acaba de cometer el Consejo Audiovisual de Cataluña, con sus amenazas de multas a periodistas.

Otra patada más del gobierno de Rajoy al estado de derecho. En este caso, en la boca de todos los ciudadanos que quieren tener derecho a opinar libremente.

Por cierto, ¿alguien de ustedes tiene alguna duda sobre cuáles opiniones serán multadas por la autoridad gubernativa y cuáles no lo serán?

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