Claves de la Ley de Reforma del Código Penal
PUNTOS CLAVES DE LA LEY REFORMA DEL CODIGO PENAL (NO INCLUIDAS ENMIENDAS PARCIALES añadidas a ultima hora por el PP)
http://nosomosdelito.net/sites/default/files/public_files/documentos/PUNTOS-CLAVE-FINAL1.pdf
1.- ELIMINACIÓN DE LAS FALTAS: Un Código Penal más severo: hoy es falta, mañana será delito
2.- CADENA PERPETÚA llamada “prisión permanente revisable”.
3.- LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUEDAN DESVINCULADAS DE LA PENA: podemos ser sancionados más gravemente por lo que creen que somos y lo
que creen que vamos a hacer en el futuro que por lo que hemos hecho en el pasado, lo que Lleva a autorizar la aplicación de un derecho penal de autor (no de acto) y un derecho de peligrosidad (no de culpabilidad), más propio de un sistema autoritario que de un sistema democrático como el que supuestamente tenemos.
4.- DESPROPORCIÓN EN LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR:
aumento de las penas y de los casos en los que se puede cometer un delito en este ámbito:
las ventas de CDs y DVDs que realizan los manteros para sobrevivir pasaran a ser consideradas delitos y no faltas
Para la comisión de los delitos contra la propiedad intelectual ya no se va a exigir que exista ánimo de lucro, ino que se tenga intención de obtener un beneficio directo o indirecto.
Se penalizará compartir la cultura con la misma pena que la que castigará los delitos de abusos sexuales a menores de dieciséis años.
5.- LA SOLIDARIDAD SE CONVIERTE EN DELITO:
se castiga a quien ayude a una persona en situación irregular a entrar o transitar por el Estado español.
se penaliza a quien ayude, con ánimo de lucro, a una persona en dicha situación irregular a permanecer en España. Ello permitirá castigar a quien le alquile una vivienda o habitación, preste asistencia médica o jurídica (si cobra por ello), o realice cualquier servicio profesional
6.- Persecución de la libertad de expresión y de la protesta social:
Se castiga a quien difunda mensajes que inciten a la comisión de un delito de alteración del orden público o que refuercen la decisión de llevarlos a cabo, de manera que una persona que difunda una manifestación por facebook o twitter, incitando a cometer un delito de alteración del orden público, o reproduciendo el mensaje o consigna publicado por otro en ese sentido
Se equipara a los vigilantes de seguridad privada con los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, concediéndoles la misma protección.
Se podrá llegar a alterar el orden público en un espacio privado (por ejemplo, una sucursal bancaria). ¿No es eso una contradicción?
delito de difusión de mensajes que inciten a alterar el orden público. Es decir, eliminan la protección de nuestros derechos cívicos para criminalizar nuestra libertad de expresión e introducir los delitos de opinión
Se puede castigar a la organización a la que pertenezca la persona responsable de haber cometido los desórdenes públicos
Se considerará una circunstancia agravante al imponer las penas, el hecho de que los “desórdenes públicos” sucedan en el transcurso de una manifestación (poniendo este hecho al mismo nivel que protagonizar desórdenes públicos con armas u otros instrumentos peligrosos)
La resistencia pasiva ante, por ejemplo, una agresión policial, podría ser considerada atentado a la autoridad
¿Un Código Penal para todos o sólo para unos pocos?.
Varios de los más importantes delitos de corrupción cometidos por funcionarios, como la malversación de caudales públicos, rebajan bastante las penas.
Los delitos de corrupción cometidos por particulares se amplían para incluir la vertiente internacional de estas conductas, pero cínicamente permiten un inaudito grado de atenuación de las penas que no se contempla para otros delitos y tampoco aprovecha la reforma para sancionar con precisión todas esas conductas fraudulentas ya vividas en nuestra sociedad.
Doble rasero en el fraude a la administración pública, de forma que el fraude a la seguridad social, percibiendo el paro mientras se trabaja en B, por ejemplo, será sancionado desde el primer euro, mientras que el fraude a Hacienda exige una cuantía mínima de 120.000 euros para ser aplicable, beneficiando con ello a las altas rentas
8.- AMPLIACIÓN PLAZO PARA CANCELAR ANTECEDENTES PENALES: La condición de criminal perdura durante más tiempo. Criminal eres, criminal serás.
9.- PELIGROSIDAD Y MALAS COMPAÑÍAS: dime con quién andas y te diré por qué te condeno. Una de las prohibiciones que podrán imponer los tribunales a una persona condenada (bien para obtener la suspensión de su condena, bien como requisito de cumplimiento de una libertad vigilada) es la de contactar con ciertas personas o grupos por entender que estos pueden facilitar o incitar a esa persona a cometer nuevos delitos.
10.- La nueva regulación de la libertad condicional y la suspensión de la pena:
en caso de revocación de la libertad condicional, el tiempo transcurrido no será computable como tiempo de cumplimiento de la condena
se modifica todo el sistema actual de suspensión y sustitución de las penas privativas de libertad, se suprimen muchas de las actuales posibilidades y se sustituyen por un régimen que favorece a quien tenga posibilidades económicas dificultando a quien menos recursos tiene acceder a la suspensión de la condena, generando situaciones claramente discriminatorias.
PUNTOS CLAVES DE LA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA:
1. por grabar a policía entre 600 y 30.000€
2. por desobediencia pacífica a la autoridad entre 600 y 30.000€
3. ocupar una sucursal bancaria para protestar entre 600 y 30.000€
4. No finalizar una manifestación si lo exige la policía entre 600 y 30.000€
5. Asamblea en espacio público entre 100 y 600€
6. Obstaculizar/Intentar impedir un desahucio de 600 a 30.000€
7. Estar dentro de un espacio ocupado (CSO o cualquier otro) de 100 a 600€ (es para los casos que no son delito, delito es para los que
ocupan).
8. Se legalizan las listas negras de infractores, es decir manifestantes, activistas, prensa alternativa…
9. asamblea o manifestación frente al congreso de 600 a 30.000€
10. Para recurrir en los tribunales hay que pagar #TasasJudiciales, cuya cuantía depende de la multa impuesta
Es decir:
· La #LeyMordaza permitiría los controles de identidad arbitrarios por perfil racial
. La #LeyMordaza permitiría las redadas preventivas, sin necesidad de que haya alteración de la seguridad efectiva, sin ningún tipo de requisito o criterio adicional
· La #LeyMordaza permitiría la discrecionalidad a las fuerzas de seguridad para emplear los registros corporales externos
· La #LeyMordaza permitiría disolver una manifestación sin previo aviso cuando exista alteración de la seguridad. ciudadana
· La #LeyMordaza considerará infracción muy grave las reuniones no comunicadas celebradas en «infraestructuras críticas» o en sus inmediaciones cuando exista riesgo para las personas o afecten a su funcionamiento normal»