¡Que no se pueden poner multas sin más!
En el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 28 de la calle Gran Vía nº 52 , se celebró el 16 de junio la vista de las pruebas testificales de la multa recurrida por el yayoflauta Ovidio Bustillo, impuesta en una redada colectiva la noche del 15M de 2012 en la plaza de Tirso de Molina.
Apoyado por los abogados de LegalSol, Ovidio interpuso una demanda de vulneración de derechos fundamentales: el derecho de reunión y el de Tutela Judicial Efectiva, artículos 21 y 24 de la Constitución.
A la puerta del juzgado estuvimos manifestando que «su» y «nuestro» único delito es ejercer nuestro derecho y libertad de concentración y manifestación y luchar por un mundo mejor para nuestros hijos y nietos, y para nosotros mismos.
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El 4 de septiembre, Silvia Yañez, abogada de nuestro yayo Ovidio Bustillo, nos comunica que le han notificado la sentencia en la que estiman el recurso interpuesto, vamos que dan la razón a Ovidio porque consideran vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.
Básicamente consideran insuficiente para desmontar su presunción de inocencia, las referencias genéricas sin acreditación alguna de las supuestas infracciones que cometió.
La sentencia de la demanda por vulneración de derechos fundamentales y contra la multa impuesta a nuestro yayoflauta Ovidio Bustillo es extraordinariamente positiva, pues es la cuarta sentencia de cinco interpuestas por Legal Sol que nos dan la razón sobre que no se puede poner multas sin más. El juicio por recurso contencioso administrativo, más queahorrar 300 euros, ha supuesto la confirmación del derecho de manifestación. Malas noticias para Cifuentes, no parece que este sea su año.
Oeoeoeoeo!!!!!!!!!!!